Noticias industriales

Buscador Industrial

ABC del decreto para regularizar vehículos "chocolate" Las personas que regularicen su vehículo deberán realizar un pago de 2,500 pesos, más otros cargos como el pago de honorarios al agente aduanal

En enero pasado fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, también llamados “chocolate”, mediante el cual podrán ser importados de forma definitiva dichos autos para el transporte de hasta diez personas y para transporte de mercancías, sin requerir certificado de origen ni inscripción en el Padrón de Importadores; todo esto previo permiso de la Secretaría de Economía.

Aunque, de acuerdo con el decreto, a las personas que regularicen su vehículo se les otorgará un estímulo fiscal equivalente a las contribuciones o multas que normalmente se generan por la importación definitiva, por lo que solo deberán realizar un pago de 2,500 pesos, es importante destacar que a esa cantidad se le deberán añadir otros gastos, señaló Cristian Fernando Juárez Aguilar, docente de la Escuela de Derecho de CETYS Universidad Campus Mexicali.

“El importe de 2,500 cubre el pago únicamente al gobierno federal por el respectivo trámite, pero también se generarán costos como lo son el pago de honorarios al agente aduanal, pago por revisión de condiciones físico-mecánicas o de protección al medio ambiente, seguro de auto y el pago ante la entidad federativa para la expedición de placas y tarjeta de circulación, por lo cual la cantidad total podría ascender a un monto de entre 6 mil a 9 mil pesos aproximadamente”.

Requisitos

El decreto señala que solo se podrá importar un vehículo por persona, y quienes deseen hacerlo deberán cumplir requisitos como verificar que el Número de Identificación Vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá.

Lea también: Empresa canadiense invierte más de 150 mdd en Querétaro

El año y modelo del vehículo debe ser de cinco o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva, y el propietario que realice la importación deberá acreditar ser persona física, mayor de edad y residente en el territorio de las entidades fronterizas o en aquellas donde se aprobó su uso.

La importación debe realizarse por conducto de un agente o agencia aduanal, incluyendo la presentación física del vehículo ante la autoridad aduanera, y cumplir el trámite de registro señalado en la Ley del Registro Público Vehicular y demás disposiciones aplicables en la materia, que al efecto establezca la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

La unidad que sea adquirida debe cumplir con las condiciones físico-mecánicas o de protección al medio ambiente, de acuerdo con las disposiciones federales o locales aplicables.

El decreto también establece qué vehículos no podrán ser importados de forma definitiva, siendo estos los siguientes:

  • Los que, por sus características o aspectos técnicos, tengan restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México
  • De lujo o deportivos
  • Vehículos blindados
  • Los que no cumplan con las condiciones físico-mecánicas o de protección al medio ambiente, de conformidad con las disposiciones federales o locales aplicables
  • Los que hayan sido reportados como robados
  • Los que se encuentren relacionados con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal

Sobre los ingresos que se obtengan por concepto de los aprovechamientos, estos serán destinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), preferentemente, para acciones de pavimentación en los municipios contemplados en el decreto.

Si bien con este decreto se estaría cuantificando una cantidad importante de dinero para las arcas de la federación, los estados y sus ciudades; la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), ha declarado en  múltiples ocasiones que también generará afectaciones a la industria automotriz, y con ello a la economía nacional, pues dicha industria contribuye con el 4% del Producto Interno Bruto del país, por lo que dicha asociación no descarta la posibilidad de emprender las acciones legales correspondientes, tal y como lo es el juicio de amparo en contra del referido decreto.

Lea también: ¿Seguirán las interrupciones en la cadena de suministro automotriz?

“Es de gran relevancia precisar que la problemática de la introducción ilegal de vehículos de procedencia extranjera será un tema de nunca acabar si las autoridades no toman cartas en el asunto después de concluir con el proceso de regularización, y actúan de forma enérgica respecto a los vehículos que sigan en la ilegalidad; desde el momento en que se pretendan introducir al país hasta la realización de operativos para el decomiso de los que se encuentren circulando en territorio nacional sin acreditar su legal estancia, así como tomar acciones legalmente efectivas en contra de las organizaciones que ilegalmente expiden “láminas” y promueven el uso de este tipo de vehículos, puesto que de lo contrario, más allá de apoyar a ciertos sectores socialmente vulnerables, sería volver a lo mismo y premiar la ilegalidad”, concluyó el docente.

Otras noticias de interés